Hemos presentado una demanda colectiva en contra de la empresa sanitaria Aguas Antofagasta, tras verificar la gravedad del extenso corte no programado del servicio de agua potable.
A través de esta acción, buscamos que la empresa compense e indemnice a todos los consumidores que se han visto afectados, pero además reciba el máximo de las multas por haber infringido la Ley del Consumidor.
Lo ocurrido en Antofagasta es una tragedia sanitaria que ha afectado a un universo de miles de personas que han visto afectadas sus vidas, pues la falta de agua potable ha implicado, aparte de las molestias propias de no contar con dicho suministro, el cierre de colegios con todo lo que implica, lo mismo con el comercio y la imposibilidad de poder trabajar para muchas personas, por mencionar algunas consecuencias.
Esta demanda la presentamos también debido a la falta de diligencia por parte de la empresa en el origen del corte, por la demora en el restablecimiento del suministro y las insuficientes medidas de mitigación implementadas.
En el caso de los servicios básicos, las empresas deben ser todavía más profesionales dado que los consumidores no pueden elegir la compañía que les preste el servicio.
Además de la demanda colectiva, se ofició a los 5 principales supermercados de la ciudad para conocer los precios de los bidones y botellas de agua antes de la emergencia y el actual, junto con el stock disponible, ante eventuales alzas excesivas de precios. Si comprobamos la veracidad de este tipo de denuncias, estaríamos en presencia de un escándalo, pues se trataría de un aprovechamiento en un momento crítico, donde toda la sociedad debe aportar para poder enfrentar la emergencia, entre ellas, las empresas.
Lo sucedido en Antofagasta se puede repetir en cualquier ciudad y de Chile, de hecho, sucedió hace algunos años atrás en Osorno, donde los consumidores también debieron padecer las consecuencias de un corte que se extendió, en algunos sectores, por 10 días.
En este sentido, es importante resaltar que la normativa en materia de servicios básicos se ha ido fortaleciendo. De hecho, en la reforma de la Ley del Consumidor, vigente desde el 2019, se incluyó justamente el artículo 25 A, el cual establece expresamente que las empresas deben aplicar los descuentos automáticos que equivalen a diez veces el valor promedio diario de lo facturado en el estado de cuenta anterior al de la respectiva suspensión del servicio, por cada día sin suministro, cuyo monto se calcula en base al monto total de la facturación, incluyendo los cargos de alcantarillado y tratamiento de aguas servidas.
Pero, además, y considerando la gravedad, como es la situación que ha afectado a la ciudad de Antofagasta, el SERNAC también puede solicitar las indemnizaciones por todos los daños morales que debieron enfrentar, esto incluye, por ejemplo, un monto a cuantificar por las molestias al estar sin agua, entre otros aspectos.
Erick Orellana Jorquera
Director Regional
Servicio Nacional del Consumidor
Arica y Parinacota
